Con el
fin de tener una certeza sobre aspectos medulares en el proceso de negociación
colectiva, derecho fundamental de las organizaciones sindicales, ACEB dirigió,
el pasado 11 de mayo, una consulta jurídica al Ministerio del Trabajo con respecto
al procedimiento de denuncia, aprobación y presentación de pliegos de
peticiones que contempla el CST, extensiva, así mismo, con relación a la renovación
estatutaria de juntas directivas y realización de asambleas, tanto nacional
como seccionales.
Lo
anterior debido a que la situación de confinamiento social, por la crisis
sanitaria, prohibió la realización de reuniones mayores de 50 personas, por lo
cual no es posible efectuar las asambleas presenciales, como es la tradición
democrática de ACEB. A esto debemos agregar que el cúmulo de circulares
expedidas por el Ministerio del Trabajo no son específicas ni claras sobre
los temas consultados. En este contexto y ante la pretensión de voces
provenientes de representantes de poderoso gremios económicos sobre la revisión
(hacia abajo) de las convenciones colectivas de trabajo existentes, ACEB, de
manera responsable, debe valorar los conceptos que emita el ministerio en la
vía de preservar y avanzar en las conquistas laborales de los trabajadores
bancarios.
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